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Calculadora de Vacaciones
RRHH PRÁCTICO CHILE · CÓDIGO DEL TRABAJO

Panel de Vacaciones

Corte al · Método de devengo

Resumen por trabajador
Saldo devengado y disponible a la fecha de corte de CONFIG

⚠️ Herramienta administrativa de apoyo. No reemplaza asesoría legal. Base: Código del Trabajo Arts. 67–76 (feriado anual y progresivo).

Maestro de Trabajadores
Datos base del cálculo. Las columnas calculadas se generan automáticamente.
Movimientos de Vacaciones
Vacaciones, feriado colectivo y ajustes. Días computables excluyen sábado, domingo y feriados de CONFIG.
Simulador de Solicitud
Calcula días computables y saldo resultante antes de registrar. No guarda datos.
El simulador no registra movimientos. Para impactar el saldo usa la pestaña MOVIMIENTOS.
Selecciona un trabajador y un rango de fechas para ver el resultado
Configuración General y Feriados
Parámetros que afectan todos los cálculos de vacaciones.

Fecha de referencia para el devengo y los saldos.

Diario: prorratea por días/365,25. Mes administrativo: prorratea por meses completos + días/30.

15 días hábiles (Art. 67 Código del Trabajo).

20 días para Magallanes, Aysén y Palena.

Máximo de años con empleadores anteriores que se pueden hacer valer.

1 día adicional por cada N años sobre la base de 10 años (Art. 68).


Feriados Chile — editable
Usados para excluir días no computables en MOVIMIENTOS (junto con sábado y domingo).
FechaFeriadoAcciones

¿Cómo se calcula el feriado legal y progresivo?

El feriado anual está regulado en los artículos 67 a 76 del Código del Trabajo. Todo trabajador con más de un año de servicio tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones pagadas, o 20 días si trabaja en la Región de Magallanes, Aysén o la provincia de Palena (zona extrema). Para este cálculo, el sábado se considera inhábil junto con el domingo y los feriados legales.

Feriado progresivo (Art. 68)

A partir de los 10 años trabajados —con el empleador actual o sumando empleadores anteriores— se gana 1 día adicional de feriado por cada 3 nuevos años trabajados. Los años con empleadores anteriores se pueden hacer valer hasta un tope de 10 años, y solo después de cumplir esos 10 años de base empieza a contar el progresivo.

Ejemplo: un trabajador acredita 10 años con empleadores anteriores y lleva 8 años en la empresa actual. Total: 18 años ≥ 10 → cumple la base. Años efectivos para el progresivo: 8 (porque los 10 previos ya completaron la base). Días extra: 8 ÷ 3 = 2 (parte entera). Derecho anual: 15 + 2 = 17 días.

Devengo y saldo disponible

El feriado se devenga día a día (o mes a mes, según el método elegido en CONFIG) desde la fecha de ingreso o del último saldo registrado. El saldo disponible es lo devengado menos lo ya tomado, más o menos los ajustes manuales que se registren en MOVIMIENTOS.

Esta guía es informativa y no reemplaza asesoría legal. Verifica casos límite con la Dirección del Trabajo.