Referencia técnica — actualización mensual
Parámetros Legales Vigentes
UF, UTM, IMM, topes AFP y AFC, comisiones por administradora, SIS, y tabla IUSC para calcular el impuesto. Base oficial para liquidaciones, finiquitos y costo empresa en Chile.
Indicadores en vivo desde mindicador.cl
Indicadores del mes
Fuente: mindicador.cl / SII / Dirección del Trabajo
IMM — Ingreso Mínimo Mensual
$553.553
Vigente desde mayo 2026
UF — valor día 1 del mes
$40.823
Julio 2026
UTM — Unidad Tributaria Mensual
$71.649
Julio 2026
UTA — Unidad Tributaria Anual
$859.788
= UTM × 12
La UF varía cada día. Para calcular topes se usa el valor del día 1 del mes de pago. La UTM cambia mensualmente (publica el SII). El IMM lo fija el Ministerio del Trabajo mediante decreto.
Topes imponibles
Fuente: Superintendencia de Pensiones
Tope AFP y Salud
90 UF
= $3.674.073 aprox.
El sueldo imponible para AFP (10% + comisión) y salud (7%) no puede superar este monto. La remuneración que excede el tope no genera cotización adicional.
Tope AFC (Seguro Cesantía)
135,2 UF
= $5.519.274 aprox.
Base imponible máxima para las cotizaciones al Seguro de Cesantía (AFC). Aplica tanto al descuento del trabajador como al aporte del empleador.
Cotizaciones previsionales
Fuente: SP / AFC Chile
| Concepto | Tasa | Quién | Base imponible | Notas |
|---|---|---|---|---|
| AFP — cotización obligatoria | 10% | Trabajador | Hasta 90 UF | Igual para todas las AFP. Se suma la comisión de la AFP. |
| AFP — comisión por administración | 0,46%–1,45% | Trabajador | Hasta 90 UF | Varía por AFP. Ver tabla completa más abajo. |
| Salud — cotización base (Fonasa) | 7% | Trabajador | Hasta 90 UF | Mínimo legal. Isapre: el plan puede superar el 7%, el exceso lo paga el trabajador. |
| AFC — Seguro Cesantía (contrato indefinido) | 0,6% | Trabajador | Hasta 135,2 UF | Solo contratos indefinidos. No aplica en plazo fijo ni honorarios. |
| AFP SIS — Seguro Invalidez y Sobrevivencia | 1,62% | Empleador | Hasta 90 UF | Costo íntegramente del empleador. Período 2024–2026 (renovable por subasta). |
| AFC — empleador contrato indefinido | 2,4% | Empleador | Hasta 135,2 UF | Va al fondo individual del trabajador (cuenta individual). |
| AFC — empleador contrato plazo fijo/obra | 3,0% | Empleador | Hasta 135,2 UF | Va al fondo solidario de cesantía (no al fondo individual). |
| Mutual de Seguridad (tasa base) | 0,9% | Empleador | Renta imponible | Seguro de accidentes del trabajo. La tasa puede subir según siniestralidad de la empresa. |
| Caja de Compensación (CCAF) | 0,6% | Empleador | Renta imponible | Solo empleadores afiliados a una Caja de Compensación. No es universal. |
Carga previsional total del empleador (contrato indefinido, sin CCAF): SIS 1,62% + AFC 2,4% + Mutual 0,9% = ≈ 4,92% de la renta imponible. Con CCAF: ≈ 5,52%. Más la provisión de vacaciones (≈ 9,09% si se calcula como 1/11 del sueldo o la fracción anual).
AFP — Comisiones vigentes
Fuente: Superintendencia de Pensiones · jul 2026
| # | AFP | Comisión | Cotización total trabajador | Ahorro mensual (sueldo $1M) |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Uno | 0,46% | 10,46% | $9.900 menos que Provida |
| 2 | Modelo | 0,58% | 10,58% | $8.700 menos que Provida |
| 3 | Planvital | 1,16% | 11,16% | $2.900 menos |
| 4 | Habitat | 1,27% | 11,27% | $1.800 menos |
| 5 | Capital | 1,44% | 11,44% | $100 menos |
| 6 | Cuprum | 1,44% | 11,44% | $100 menos |
| ↓ | Provida | 1,45% | 11,45% | referencia más cara |
La cotización obligatoria del 10% es igual en todas las AFP. La diferencia solo es la comisión de administración. En un sueldo de $1.000.000 la diferencia entre Uno (más barata) y Provida (más cara) es $9.900 mensuales = $118.800 al año.
Gratificación
Fuente: Código del Trabajo Art. 47 y 50
| Parámetro | Valor | Fundamento |
|---|---|---|
| Gratificación mensual garantizada (Art. 50) | 25% de remuneraciones imponibles | Opción más usada: empresa paga mensualmente sin esperar utilidades. |
| Tope mensual de la gratificación Art. 50 | $219.157 | Tope anual ($2.629.877) ÷ 12 meses |
| Tope anual gratificación | 4,75 IMM | Si el 25% de las remuneraciones anuales supera 4,75 IMM, se paga el tope. |
| Gratificación proporcional (Art. 47) | 30% de utilidades | Solo si la empresa obtuvo utilidades el año anterior. Se paga en el primer cuatrimestre. |
La gratificación Art. 50 mensual está topada: si el 25% del sueldo imponible supera el tope mensual, el trabajador recibe solo el tope. En la práctica el tope se alcanza cuando el sueldo imponible supera $876.628.
IUSC — Impuesto Único Segunda Categoría
Fuente: SII Art. 43 N°1 · tabla mensual
El IUSC se calcula sobre la renta imponible neta, es decir, el sueldo bruto menos AFP, salud y AFC. Es un impuesto marginal por tramos: solo la porción del sueldo que cae en cada tramo paga esa tasa. Fórmula:
Impuesto = (Renta × Tasa) − Factor, donde "Factor" elimina lo ya pagado en tramos inferiores.
| Tramo | Desde (UTM) | Hasta (UTM) | Desde ($) | Hasta ($) | Tasa | Factor ($) |
|---|
Valores en pesos calculados con UTM = $71.649. La tabla se actualiza cada mes cuando cambia la UTM. Solo afecta a trabajadores que dependen del Art. 42 N°1 (empleados con contrato).
Resumen costo empleador
Contrato indefinido · sin CCAF
Costo mensual sobre el sueldo imponible
SIS (Seguro Invalidez y Sobrevivencia)1,62%
AFC — aporte empleador indefinido2,40%
Mutual de Seguridad (tasa base)0,90%
Total cotizaciones empleador4,92%
+ Provisión vacaciones (≈ 1/12 sueldo)≈ 8,33%
+ Provisión aguinaldo (variable)variable
COSTO EXTRA TOTAL sobre sueldo bruto≈ 13–15%
Este es el porcentaje adicional al sueldo bruto que paga el empleador. Si el sueldo líquido pactado es la referencia, el costo real es aún mayor porque hay que revertir los descuentos legales.
Fuentes oficiales
SII — Servicio de Impuestos Internos
Tabla IUSC mensual, UTM, UTA — actualización mensual
www.sii.cl →
Aviso: Esta página obtiene indicadores desde mindicador.cl (API no oficial). Los valores de topes, tasas y tabla IUSC son de referencia para uso informativo. Para declaraciones tributarias, cotizaciones con efectos legales o controversias previsionales, verifique siempre contra las fuentes oficiales. Los valores pueden tener un retardo de 24–72 h respecto a las publicaciones oficiales. Remu Práctico Chile no garantiza exactitud y no es responsable por diferencias con los organismos competentes.