Finiquito

Qué pasa con el Seguro de Cesantía (AFC) en el finiquito

Última actualización: 25-06-2026 · Lectura referencial, no sustituye asesoría legal

Explicación simple

Cuando la causal de término es Art. 161 (necesidades de la empresa) o Art. 159 N°5 (obra o faena), el empleador puede imputar a la indemnización por años de servicio el saldo que él mismo aportó al fondo de cesantía del trabajador (Art. 13, Ley 19.728). En otras causales, esta imputación no aplica.

Ejemplo numérico

Indemnización por años de servicio calculada en $3.000.000, con un saldo de AFC aportado por el empleador de $400.000: el empleador puede pagar solo $2.600.000 e imputar el resto al seguro de cesantía.

Errores frecuentes

Calcular un finiquito Ver Pack PRO Solicitar asesoría

Fuentes

Ley 19.728 (Art. 13), Dirección del Trabajo.
Última revisión: 25-06-2026.